Novedad legislativa en el Reglamento de Extranjería
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 22 de septiembre de 2026 una actualización preceptiva referente a la normativa de extranjería. Como preparadores orientados a la máxima precisión en la plantilla de corrección, hoy, 23 de septiembre de 2026, diseccionamos los cambios en el artículo 160 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Si estás repasando el temario de Policía Nacional, esta modificación debe quedar perfectamente anotada en tu código legislativo.
La publicación de la referencia BOE-A-2026-19632 formaliza la entrada en vigor inmediata de la reforma desde el mismo día de su publicación, el 22/09/2026. Esta actualización no introduce nuevos requisitos administrativos de tramitación ni altera la estructura general del precepto, sino que responde a la necesidad de hacer constar expresamente la intervención del órgano jurisdiccional supremo en la validez de determinados apartados de la norma.
Detalle de los cambios en el artículo 160 del Real Decreto 1155/2024
Para entender el alcance real de esta actualización normativo-editorial, debemos analizar la literalidad del texto. La modificación añade un total de 56 palabras y elimina 0 palabras del texto normativo original. La variación no sustituye el redactado sustantivo de las condiciones de residencia, sino que incorpora la correspondiente advertencia jurisprudencial dictada por el alto tribunal.
El texto que ha sido incorporado al articulado tras la redacción del apartado 2 establece literalmente lo siguiente:
«Téngase en cuenta que se declara la nulidad de los incisos destacados de los apartados 1 y 2 por Sentencia del TS de 8 de julio de 2026. Ref. BOE-A-2026-19632»
Esta anotación explicita que la Sentencia del Tribunal Supremo del 8 de julio de 2026 ha declarado nulos los incisos destacados que afectaban a los apartados 1 y 2 del artículo 160, los cuales regulan las condiciones para la obtención de la autorización de residencia temporal de los hijos menores de edad o personas con discapacidad no nacidas en España que se encuentren acompañados por sus progenitores o por personas que ejerzan legalmente su tutela.
Análisis del contexto literal del artículo 160
El artículo 160 aborda la «Residencia de la persona acompañada menor de edad o con una discapacidad no nacida en España». En su apartado 1 se recogen los supuestos para hijos biológicos o adoptivos solteros y menores de dieciocho años en el momento de la solicitud, o hijos con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades, exigiendo la acreditación de permanencia continuada e ininterrumpida en España durante un mínimo de dos años previos a la solicitud, además de los requisitos de medios económicos y alojamiento.
Por su parte, el apartado 2 extiende la posibilidad de acceder a este mismo tipo de autorización a los menores de dieciocho años en el momento de la solicitud que estén acompañados por un residente extranjero en España que ejerza legalmente su tutela, siempre que la relación se haya constituido conforme al ordenamiento jurídico español. Es precisamente al cierre de este apartado donde el BOE ha insertado la nota referente a la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026.
¿Qué implica esta modificación para tu examen de Policía Nacional?
En el examen oficial de acceso a la Escala Básica de la Policía Nacional, las preguntas relativas al temario jurídico premian la literalidad y el conocimiento exacto de la vigencia de las normas. La inclusión de esta nota en el BOE obliga al opositor a dominar no solo la redacción del artículo, sino el estado legal en que han quedado sus apartados tras el fallo del Tribunal Supremo.
El tribunal calificador suele confeccionar preguntas trampa jugando con la vigencia de articulados sometidos a control judicial. Ante los cambios en el artículo 160 del Real Decreto 1155/2024, debes tener claro que:
- Los incisos destacados en los apartados 1 y 2 han sido declarados nulos por la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026.
- La publicación oficial en el BOE que recoge dicha nulidad formalmente lleva la referencia BOE-A-2026-19632 con fecha de entrada en vigor el 22/09/2026.
- El precepto no ha cambiado en el resto de sus apartados constitutivos (como los requisitos de escolarización del apartado 3 o la documentación del apartado 4).
Ejemplos de preguntas tipo test ajustadas al formato oficial
Para comprobar cómo se traslada esta actualización al formato de examen de la División de Formación y Perfeccionamiento, planteamos dos preguntas con tres opciones de respuesta (A, B y C), idénticas al modelo oficial de la prueba.
Pregunta de ejemplo 1
En relación con el artículo 160 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, ¿qué pronunciamiento jurisprudencial se ha incorporado formalmente a su texto mediante la publicación en el BOE de septiembre de 2026?
A) La declaración de inconstitucionalidad de la totalidad del artículo por el Tribunal Constitucional.
B) La nulidad de los incisos destacados de sus apartados 1 y 2 por Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026.
C) La validez plena e inalterada de todos sus apartados sin tacha judicial alguna.
Respuesta correcta: B. La Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026 declaró la nulidad de dichos incisos, quedando anotado oficialmente en la norma con la referencia BOE-A-2026-19632.
Pregunta de ejemplo 2
La modificación introducida en el artículo 160 del Real Decreto 1155/2024 publicada el 22 de septiembre de 2026 en el BOE se caracteriza por:
A) Sustituir el plazo de permanencia continuada previo de dos años por un plazo de un año.
B) Añadir la advertencia expresa de nulidad de determinados incisos dictada por el Tribunal Supremo sin eliminar palabras del texto anterior.
C) Eliminar íntegramente el apartado 3 relativo a la escolarización obligatoria de los menores.
Respuesta correcta: B. La reforma añade una anotación de 56 palabras advirtiendo de la nulidad declarada por el Tribunal Supremo y no elimina texto de la redacción previa.
Cómo abordar las novedades normativas en tu rutina de estudio
Mantener el temario actualizado a diario es uno de los mayores retos del opositor. Un fallo en una sola pregunta sobre legislación modificada puede dejarte fuera de la siguiente fase. Por ello, te aconsejamos seguir estas pautas metodológicas:
- Anota directamente sobre la ley: Si utilizas el texto impreso del Real Decreto 1155/2024, marca los apartados 1 y 2 del artículo 160 indicando la Sentencia del TS de 8 de julio de 2026.
- Entrena con test actualizados: Asegúrate de realizar tests de Policía Nacional que hayan incorporado de forma inmediata las referencias publicadas en el BOE.
- Simula la presión real: Realiza simulacros de examen para afianzar la memoria de reconocimiento rápido ante preguntas sobre nulidades jurisprudenciales.
- Resuelve tus dudas normativas: Si dudas sobre la interpretación literal de algún precepto, consulta la sección de dudas planteadas al preparador para evitar consolidar errores de concepto.
Ponte a prueba con un test de prueba gratis
La mejor manera de comprobar si has asimilado los conceptos jurídicos y sus constantes modificaciones es practicando con preguntas reales adaptadas a la exigencia de la oposición. Te invitamos a medir tu nivel actual realizando un test gratis de demostración en nuestra plataforma y asegurar cada punto de la prueba teórica.