El Boletín Oficial del Estado ha hecho oficial una modificación normativa de gran relevancia para el bloque de Extranjería. Si estás revisando la legislación vigente a fecha de hoy, 23 de septiembre de 2026, debes prestar máxima atención a los cambios en el artículo 101 del Real Decreto 1155/2024, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta actualización fue publicada en el BOE el 22/09/2026 y ha entrado en vigor ese mismo día bajo la referencia oficial BOE-A-2026-19632.
En la preparación de la oposición a la Policía Nacional sabemos perfectamente que la División de Formación y Perfeccionamiento suele afinar el tiro con los matices jurisprudenciales incorporados al articulado a última hora. Por ese motivo, desglosamos a continuación el texto literal de la norma, qué prohibición ha quedado anulada por la justicia y cómo debes abordar este punto en las preguntas del examen teórico. Si quieres repasar el resto de bloques del programa oficial, consulta de forma periódica nuestro temario de Policía Nacional.
Contexto normativo: la regulación previa del artículo 101
Para comprender la trascendencia de la publicación oficial, es imprescindible recordar cómo estaba redactado el artículo 101 del Reglamento de Extranjería. Este precepto se encarga de regular la autorización de residencia temporal y trabajo para actividades de temporada.
El apartado 1 dispone que estas autorizaciones tienen una duración de cuatro años y habilitan a sus titulares, durante su periodo de vigencia, a trabajar por un periodo de actividad máximo de nueve meses durante cada año natural. Asimismo, la regla general señala que se conceden para un único empleador, a reserva de las especificaciones fijadas en supuestos de concatenación, prórrogas del periodo de actividad y cambios de empleador.
Sin embargo, el redactado original contenía una restricción tajante en su párrafo tercero: prohibía expresamente que las empresas de trabajo temporal (ETT) pudieran ser titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada, así como ser autorizadas por cambio de empleador o en la cadena de concatenaciones. Quienes han preparado exámenes con nuestros simulacros de Policía Nacional saben que este tipo de limitaciones taxativas son foco constante de preguntas de examen.
Claves de los cambios en el artículo 101 del Real Decreto 1155/2024
La publicación de la disposición BOE-A-2026-19632 el 22 de septiembre de 2026 responde al cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026. Dicho fallo declara de forma tajante la nulidad del párrafo tercero del apartado 1 del artículo 101 del Real Decreto 1155/2024.
En la práctica de la técnica legislativa, el BOE incorpora dos notas aclaratorias en el texto consolidado que añaden un total de 84 palabras, dejando inoperante la prohibición que recaía sobre las ETT. Las adiciones literales que figuran ahora en la norma son las siguientes:
- Primera adición: «Téngase en cuenta que se declara la nulidad del párrafo tercero del apartado 1, en cuanto prohíbe que las empresas de trabajo temporal sean titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada o sean autorizadas por cambio de empleador o en la cadena de concatenaciones de contratos, por Sentencia del TS de 8 de julio de 2026. Ref. BOE-A-2026-19632»
- Segunda adición: «Se declara la nulidad del párrafo tercero del apartado 1 por Sentencia del TS de 8 de julio de 2026. Ref. BOE-A-2026-19632»
¿Qué repercusión tiene esto para la materia de examen? La consecuencia es directa: la restricción que impedía a las empresas de trabajo temporal ser titulares de estas autorizaciones o intervenir en los cambios de empleador y concatenaciones ha quedado totalmente anulada por el Tribunal Supremo. Ya no existe ese veto legal. Ante cualquier enunciado que pregunte si las ETT tienen prohibida esta titularidad, la respuesta correcta debe reflejar que dicha prohibición ha sido anulada. Si te surgen dudas sobre este encaje legal, puedes consultar nuestra sección de dudas resueltas.
Ejemplo de pregunta tipo test para la prueba teórica
En el examen oficial de Policía Nacional Escala Básica las preguntas se plantean con tres opciones de respuesta (A, B y C). Un fallo habitual entre opositores es seguir marcando las prohibiciones que figuraban en el texto original sin percatarse de las nulidades judiciales publicadas posteriormente. Veámoslo con un supuesto de examen:
Pregunta: En relación con las autorizaciones de residencia temporal y trabajo para actividades de temporada reguladas en el artículo 101 del Real Decreto 1155/2024, señale la opción correcta:
- A) Las empresas de trabajo temporal no pueden ser en ningún caso titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada.
- B) La prohibición que impedía a las empresas de trabajo temporal ser titulares de dicha autorización o ser autorizadas por cambio de empleador ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo.
- C) Se conceden para un único empleador con una duración inicial de cinco años, habilitando a trabajar un periodo máximo de seis meses al año.
Solución explicada:
La opción B es la respuesta CORRECTA. La Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de julio de 2026 (recogida en el BOE del 22/09/2026) ha declarado la nulidad de la prohibición del párrafo tercero del apartado 1, eliminando la restricción a las ETT.
La opción A es INCORRECTA porque refleja el redactado antiguo anterior a la sentencia firme del Tribunal Supremo.
La opción C es INCORRECTA porque altera los datos cuantitativos que se mantienen vigentes en el apartado 1: la duración es de cuatro años (no cinco) y el periodo de actividad máximo es de nueve meses por año natural (no seis).
Estrategia para memorizar esta actualización
Cuando el Tribunal Supremo anula un apartado reglamentario, el cambio no requiere una reescritura completa del reglamento, sino la anotación formal de la sentencia en la publicación del BOE. Para evitar errores en las pruebas de evaluación de la academia, te recomendamos fijar estos puntos clave:
- El artículo 101 del RD 1155/2024 regula las autorizaciones para actividades de temporada (duración de 4 años, máximo 9 meses de trabajo por año natural).
- La prohibición sobre las ETT contenida en el apartado 1 ha sido anulada por Sentencia del TS de 8 de julio de 2026 (Ref. BOE-A-2026-19632).
- En los test oficializados debes descartar las opciones que sigan afirmando la invalidez de las ETT en este tipo de autorizaciones.
- Es muy recomendable ejercitar la memoria con nuestro módulo de test de Policía Nacional para afianzar las novedades de Extranjería.
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Dominar los detalles normativos de última hora es lo que marca la diferencia en las notas de corte de la oposición. No permitas que un cambio en la jurisprudencia del Tribunal Supremo publicado en el BOE te pille por sorpresa el día del examen. Te animamos a realizar un test gratis en nuestra plataforma para comprobar tu nivel actual y entrenar con preguntas adaptadas a la normativa vigente.