A escasas semanas de la fecha prevista para la prueba teorica de la Promocion 43 —fijada de forma orientativa por la Division de Formacion para el 26 de septiembre de 2026—, no hay margen para las dudas en el Derecho Penal. Con la lista provisional de excluidos ya subsanada tras el cierre del plazo el pasado 27 de agosto de 2026, encaramos la recta final donde cada punto marca la diferencia entre entrar en el centro docente de Avila o quedarse fuera. En esta fase de repaso intensivo, comprender al detalle el artículo 250 del Código Penal es imprescindible para bordar el Tema 18 del temario de Policía Nacional.
El tribunal calificador suele buscar el fallo en las diferencias de penas y en la matización exacta de los tipos agravados. Tras la publicacion de la convocatoria oficial el 10 de julio de 2026 (BOE n.º 167, Ref. BOE-A-2026-15055) con sus 2.704 plazas (2.163 libres y 541 para Tropa y Marineria), repasamos que debes dominar sobre este precepto sin caer en los errores habituales de las preguntas de test.
El artículo 250 del Código Penal en el Tema 18 de la Policía Nacional
Dentro del bloque de delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconomico, el artículo 250 del Código Penal castiga el delito de estafa agravada. No estamos ante la estafa basica del articulo 248 ni ante la penalidad general del articulo 249, sino ante circunstancias especificas que el legislador considera de especial gravedad por el bien afectado, el impacto economico o el quebrantamiento de la confianza.
Conviene dejar claro un punto normativo reciente que genera confusion entre muchos opositores. La Ley Organica 1/2026, de 8 de abril (publicada en el BOE), modifico aspectos concretos de la multirreincidencia en delitos de hurto (articulos 234 y 235) y en estafas leves, pero el articulo 250 CP no sufrio modificacion alguna en su texto consolidado. Mantiene su redaccion integra. Ojo con esto en los simulacros de examen de Policía Nacional: no asocies cambios legislativos de otros articulos al tipo agravado de la estafa.
Circunstancias agravantes y horquillas de penas que debes memorizar
En el examen tipo test no te van a pedir que desarrolles una parrafada juridica, sino que identifiques con exactitud la pena o el elemento configurador del tipo. El artículo 250 del Código Penal establece dos escalones de gravedad bien diferenciados que debes memorizar de memoria:
1. Tipo agravado basico (art. 250.1 CP)
Se sanciona con penas de 1 a 6 años de prisión y multa de 6 a 12 meses cuando la estafa recaiga sobre alguna de las siguientes circunstancias:
- Cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.
- Abuso de firma de otro, o sustraccion, ocultacion o inutilizacion de un expediente, protocolo o documento publico u oficial.
- Bienes del patrimonio artistico, historico, cultural o cientifico.
- Especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situacion economica en que deje a la victima o a su familia.
- Valor de la defraudacion superior a 50.000 euros, o que afecte a un elevado numero de personas.
- Abuso de las relaciones personales existentes entre victima y defraudador, o aprovechamiento de su credibilidad empresarial o profesional.
- Estafa procesal (manipulacion de pruebas en un procedimiento judicial que provoque el error del juez).
- Al delinquir, el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Capitulo (multirreincidencia patrimonial).
2. Tipo hiperagravado (art. 250.2 CP)
La pena se eleva a prision de 4 a 8 años y multa de 12 a 24 meses cuando concurra la circunstancia 1.ª (bienes de primera necesidad/vivienda) combinada con la 4.ª, 5.ª, 6.ª o 7.ª, o bien cuando el valor de la defraudacion supere los 250.000 euros.
Preguntas tipo test de ejemplo sobre el artículo 250 del Código Penal
Veamos como traslada la Division de Formacion y Perfeccionamiento estos conceptos al papel con la estructura oficial de 3 opciones de respuesta (A, B y C):
Pregunta 1. ¿Cual es la pena contemplada en el artículo 250.1 del Código Penal para la estafa agravada cuando la cuantía de lo defraudado sea superior a 50.000 euros?
- A) Prision de 6 meses a 3 años y multa de 1 a 3 meses.
- B) Prision de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses.
- C) Prision de 4 a 8 años y multa de 12 a 24 meses.
Respuesta correcta: B. La cuantía superior a 50.000 euros entra dentro de los supuestos del articulo 250.1 CP, castigado con prision de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses. La opcion C corresponde al tipo hiperagravado (mas de 250.000 euros o concurrencia cualificada).
Pregunta 2. En el marco del delito de estafa, ¿a partir de que cuantía de la defraudación se contempla la posibilidad de aplicar el tipo hiperagravado del artículo 250.2 del Código Penal?
- A) Mas de 50.000 euros.
- B) Mas de 100.000 euros.
- C) Mas de 250.000 euros.
Respuesta correcta: C. El umbral de los 50.000 euros marca la entrada en el tipo agravado (250.1 CP), mientras que los 250.000 euros elevan la sancion al tipo hiperagravado de 4 a 8 años de prision.
Estrategia de estudio para evitar errores en el examen
El tribunal busca confundirte mezclando las cuantías de 50.000 € y 250.000 € o mezclando las penas del tipo basico del articulo 249 con las agravadas del 250. Si tienes dudas con tu preparador sobre como diferenciar cada franja penal, memoriza esquemas visuales y asocia siempre cifras con tramos de prision.
A falta de muy pocos dias para la cita teorica de la BAS43, la clave no es releer el codigo de forma pasiva, sino machacar preguntas tipo test con retroalimentacion explicada. De nada sirve saber de memoria la teoria si al leer la pregunta te bailan las penas de multa o las horquillas de prision.
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